Problemas con la herencia, recurre a abogados de herencias en Málaga

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Un herencia puede ser motivo de una sorpresa agradable o desagradable, es cierto que partimos de una situación siempre penosa por la pérdida de un ser querido, pero gracias a una herencia te puedes encontrar con capital que jamás hubieras pensado tener. También por una herencia te puedes encontrar en una situación económica penosa por tener que hacer frente a una serie de deudas que no tenías pensado. Incluso por una herencia te puedes encontrar que esas relaciones cordiales que tenías con todos los miembros de tu familia se truncan por la ambición de algunos por sacar tajada de la herencia. En cualquier caso para evitar cualquier problema, lo ideal es hacerse con los servicios de los abogados herencias malaga, los profesionales del derecho pueden tramitar por ti toda la herencia, ahorrarte quebraderos de cabeza e incluso mucho dinero, aconsejándote de la mejor forma de actuar.

El abogado debe seleccionarse, a ser posible, con un buen bagaje profesional y experiencia ya que esto puede ayudar a mediar de una forma eficaz y objetiva en un problema familiar, como antes hemos indicado.

Testamento y herencia

herenciasUn testamento bien redactado y otorgado ante un notario facilita muchísimo todo el trámite de la herencia, además de suponer para los herederos un enorme ahorro económico. Pero no siempre el fallecido fue previsor en vida e hizo testamento, lo cual complica mucho el trámite obligando a pasar por la realización de la denominada declaración de herederos.

Este trámite que su nombre sugiere, tiene por objetivo determinar legalmente quienes son los herederos legítimos del fallecido, ya que no existen un testamento donde se refleje este hecho.

La declaración de herederos se puede ejecutar tanto un notario como un juez, pero no somos libres en ningún caso de elegir la vía notarial o la vía judicial. Estamos supeditados al hecho de seguir la ley de sucesiones, en base a ella y a los familiares que acudan a heredar, se determina la vía a seguir.

La vía notarial es mucho más rápida y sencilla, solo se sigue esta en caso que los herederos sean los hijos, los nietos, padres o abuelos y por supuesto el cónyuge del fallecido.

La vía judicial sin embargo se toma en el caso que los familiares sean los hermanos, los sobrinos, los primos o hijos de estos y todos los familiares hasta cuarto grado de consanguinidad.

Un detalle último que debemos tener muy en cuenta en cualquier herencia, y que hemos dejado entrever en el primer párrafo, es que de la misma forma que una herencia puede suponer un incremente de nuestro capital puede suponer una regresión del mismo. Esto es debido al hecho que se hereda todo del fallecido, bienes y deudas.

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