¿Cómo reclamar indemnización por accidente de tráfico Madrid?
Las temporadas de vacaciones se caracterizan por muchas cosas: diversión, descanso, alguno que otro bronceado y, lamentablemente, el aumento en los accidentes de tráfico. Y aunque lo oportuno es insistir en la concientización de las medidas preventivas, siendo realistas también es necesario instruirnos sobre cómo reclamar indemnización por accidente de tráfico Madrid.
Esta es una materia en la que se requiere estar actualizado, ya que anualmente se renueva el baremo para la cuantificación de las indemnizaciones. Pero la confusión más común no es sobre la aplicación de este, sino sobre el uso de las posibilidades judiciales.
Cuando ocurre un accidente de tráfico, es posible determinar dos tipos de responsabilidades: la penal, porque como consecuencia de ello se han causado lesiones o la muerte; y la civil, a través de la cual se fija la indemnización que ha de pagar el responsable.
Si nuestro interés es el de obtener una indemnización por los daños que hemos sufrido, tendremos que seguir los pasos que caracterizan a la jurisdicción civil, ya que mediante ella es que exigiremos a la aseguradora cumplir con su obligación.
Derecho tributario español
Igualmente, cuando el accidente es motivado por problemas en la carretera y quien debe responder es el Estado, algunos creen que el caso se tramita según los procedimientos ordinarios o bajo las reglas del derecho tributario español, pero es a través de un procedimiento de responsabilidad patrimonial que debemos exigir nuestra indemnización.
Todos estos escenarios, hacen indispensable el asesoramiento de abogado para estar bien orientados en cuanto a las acciones a emprender.
El caso de los menores de 14 años de edad
Es alarmante el hecho de que una de las principales causas de mortalidad tanto infantil como juvenil sean los accidentes de tráfico. Generalmente, estos ocurren por culpa del menor, pero ya que se trata de un individuo especial, el nuevo baremo ha previsto condiciones particulares para protegerlos.
Pero estas condiciones especiales no son aplicables a todo menor de edad, sino a quienes no superan los 14 años. Esto se debe a que el nuevo baremo está caracterizado por la concepción de que estos sujetos aún son incapaces de responder por sus actos y por tanto, la legislación sobre responsabilidad civil y seguro prevé que además de ser indemnizados no se podrá actuar contra sus padres.
De acuerdo con la propia ley, esta disposición es aplicable siempre que el menor sufra secuelas y lesiones temporales, así mismo, quedan fuera de esta protección especial, aquellos casos en los que se demuestre que el mismo actuó de forma dolosa.
No obstante, la salud y vida de estos jóvenes está en las manos de sus padres, quienes son los encargados de cuidar de ellos y asegurar su bienestar. Por tanto, han de ser ellos quienes con responsabilidad asuman el tema con la seriedad que corresponde.